Ciudadanos reclamando el derecho a una renta garantizada.

La Generalitat ha aprobado una modificación de la ley que regula la Renda Garantida, la cantidad que pueden percibir las personas que no reciben ingreso alguno. Los cambios son a mejor. Para
empezar, se reduce a dos meses el requisito de insuficiencia de ingresos.

Hasta ahora era necesario acreditar seis meses para conseguir una renda garantida. Con este cambio las familias pueden solicitarlo antes de llegar a una situación límite.

Además, las ayudas, subvenciones y otras prestaciones económicas complementarias a la renta, se computarán repartidas en los meses correspondientes, en lugar de contar como un único ingreso, cosa que a veces supone alguna complicación a la hora de acceder a la Renda Garantida.

AYUDAS FAMILIARES, SÍ
Otro cambio significativo es que las ayudas puntuales de familiares que estén debidamente acreditadas no computarán para determinar la situación económica oficial de la familia, es decir, que se podrán recibir ayudas personales sin que eso afecte al acceso a las ayudas públicas si proceden
de familiares hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad.

A partir del 1 de abril tanto el límite de ingresos como la prestación subirá a 664 euros por persona, aunque la cantidad puede ser superior, hasta 1.208 euros, en función de la dimensión de la unidad familiar que percibirá la ayuda.

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